A la hora de comprar por internet, una recomendación clave es antes de realizar cualquier operación averiguar todas las condiciones respecto a ese producto y a la compra en sí misma, es decir que garantías tiene, costo de envió, características del producto, política de devolución y cambio, etc.
No obstante, muchas veces frente al incumplimiento de las condiciones de venta o frente a los abusos en los cuales incurren los vendedores contamos con herramientas legales para poder encauzar el reclamo.
¿QUÉ HAGO SI COMPRÉ UN PRODUCTO Y NO FUNCIONA?
Puedo activar el mecanismo de garantía que tiene dicho producto, esta garantía cubre los desperfectos por 6 meses si son productos nuevos y por 3 meses en el caso de productos usados. Igualmente se podrá negociar una garantía más extensa con el vendedor.
La ley de defensa del consumidor contempla este caso en su art 11. El cual reza lo siguiente:
“Artículo 11: Garantías. Cuando se comercialicen cosas muebles no consumibles conforme lo establece el artículo 2325 del Código Civil, el consumidor y los sucesivos adquirentes gozarán de garantía legal por los defectos o vicios de cualquier índole, aunque hayan sido ostensibles o manifiestos al tiempo del contrato, cuando afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado, o su correcto funcionamiento.
La garantía legal tendrá vigencia por TRES (3) meses cuando se trate de bienes muebles usados y por SEIS (6) meses en los demás casos a partir de la entrega, pudiendo las partes convenir un plazo mayor. En caso de que la cosa deba trasladarse a fábrica o taller habilitado el transporte será realizado por el responsable de la garantía, y serán a su cargo los gastos de flete y seguros y cualquier otro que deba realizarse para la ejecución del mismo”.
¿QUÉ HAGO SI COMPRÉ UN PRODUCTO Y LLEGO ROTO O DEFECTUOSO?
En caso de que la reparación no sea satisfactoria por no cumplir con las condiciones para el uso de destino que tiene dicho producto, el consumidor puede pedir la sustitución de la cosa adquirida por otra de idénticas características, devolver la cosa en el estado en el que se encuentra y solicitar que se le restituya el dinero pagado por ella, obtener una quita proporcional del precio por dicho desperfecto; en todos los casos la opción por parte del consumidor, no impide el posterior reclamo por daños y perjuicios que pudieren corresponder (Art. 17).
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