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¿Qué derechos pierdo si renuncio?

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Los derechos que se perderán dependerá si se trata de un empleo registrado, lo que comúnmente se llama empleo en blanco o si se trata de un empleo no registrado, en el primer caso, el derecho que se pierde si se renuncia es el derecho a cobrar una indemnización por despido sin justa causa, pero tendrá acceso al cobro de todos los demás rubros liquidatorios. En cambio, sí se renuncia teniendo un empleo no registrado o en negro o si estando registrado dicha registración presenta irregularidades como por ejemplo registración de media jornada, falsa categoría, falsa antigüedad, etc.

Se podría perder:

  • El derecho al cobro del seguro por desempleo.
  • El reclamo a indemnización por despido (1 mes de remuneración por año trabajado), — indemnización por falta de preaviso.
  • El derecho a reclamar la indemnización agravada por trabajo no registrado (25% del sueldo por cantidad de meses trabajados desde el ingreso).

Estos son algunos de los derechos que perderá si renuncia. Igualmente es conveniente asesorarse con un profesional capacitado antes de tomar tal decisión, para analizar cada situación particular, ya que esos son solo algunos de los derechos que perderá si renuncia.

 

¿QUÉ ES LA RENUNCIA Y CÓMO SE EFECTIVIZA?

La renuncia al trabajo es el acto jurídico unilateral emanado del trabajador, con la finalidad de extinguir la relación laboral y disolver el contrato de trabajo.

Debe efectivizarse por medio de telegrama colacionado o carta documento, para dejar constancia de tal situación, pero La renuncia no requiere de aceptación del empleador.

 

OBLIGACION DE PREAVISO.

La ley de contrato de trabajo prevé la obligatoriedad de avisar al empleador la voluntad de extinguir la relación laboral con una antelación de 15 días.

El preaviso es considerado un acto de buena fe del trabajador, sin embargo, si la renuncia no se notifica previamente, el empleador no puede retenerle ni descontarle nada al trabajador por haber omitido tal circunstancia.

 

¿QUÉ RUBROS CORRESPONDEN LIQUIDARSE FRENTE A LA RENUNCIA?

  • Remuneración completa o días trabajados en el mes. –
  • Vacaciones por extinción: importe de vacaciones proporcionales correspondientes por días trabajados en el año de despido.
  • Rubros salariales adeudados durante los últimos 2 años.

 

RENUNCIA NO VÁLIDA O NULA

Una renuncia es susceptible de ser considerada nula, cuando posee vicios en el consentimiento, por ejemplo, cuando es una denuncia que fue forzada mediante intimidaciones o amenazas, violencia, error o dolo. Para que sea Válida y susceptible de producir efectos la renuncia debe ser un acto libre y voluntario del trabajador.

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