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Orden de restricción perimetral en Argentina

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La persona que sufre violencia familiar o violencia de género buscará medidas que la protejan, y por ello recurre ante la justicia en busca de mecanismos judiciales eficaces que protejan sus derechos y a su persona, poniendo así un freno a la violencia. Una de las medidas que toma la justicia es el dictado de una “orden de restricción perimetral”.

¿Qué es una orden de restricción perimetral?

La orden de restricción perimetral es una medida dispuesta por la autoridad judicial a raíz de una denuncia de una persona que se siente amenazada su integridad y seguridad.

Es una medida cautelar que tiene autonomía. En los procedimientos de violencia familiar es la medida que mas se aplica. El fundamento es evitar posteriores agresiones del victimario en función del contacto que pueda buscar con la víctima.

El denunciado debe ser notificado de la orden de restricción. Para enterarse que tiene prohibido acercarse. Con solo estar cerca de la victima es suficiente para activar los mecanismos de seguridad, como el pedido de colaboración de la policía. La violación a la restricción se debe considerar con un riesgo para la victima. Cualquier contacto de la victima con el victimario constituye el delito de desobediencia.

¿Cual es la finalidad de la medida de restricción perimetral?

Tiene como finalidad hacer cesar conductas que se denuncien como violentas y prevenir o evitar que se repitan, poniendo en peligro, la salud o la integridad psicofisica de las víctimas.

¿Cuales son las características de la orden de restricción perimetral?

  • Es una medida cautelar. Las dicta un juez en un proceso de violencia familiar.
  • Tiene cierto plazo de vigencia que varia según lo disponga la justicia.
  • Es una medida de protección.
  • Tiene autonomía.
  • Es de carácter urgente

¿Qué tengo que hacer para solicitar una orden de restricción perimetral?

1) Debemos hacer la denuncia en cualquier comisaria.

Existen comisarias de la mujer y de  familia donde hay abogados, psicólogos y trabajadores sociales que brindan ayuda en cuanto a tu problema.

Si la comisaria no quieren tomarte la denuncia, esto implica otro tipo de violencia hacia tu persona. Pero te debes dirigir a otra comisaria para que te tomen la denuncia. No dejes de hacer la denuncia.

Te tienen que dar una copia de lo que denunciaste.

2) Iniciar un proceso legal para pedir la orden de restricción.

Como victima de violencia tenes derecho a pedir una medida de protección (Como exclusión del hogar, orden de restricción, cese de hostigamiento) contra el agresor.

Tenés el derecho de acceder a un abogado sin que le tengas que pagar nada.

Una vez que tengas un abogado asignado, les vas a mostrar la denuncia que hiciste, el abogado/a va a decirte si en la denuncia que hiciste hay algún delito como lesiones, amenazas o daño, o solamente es una falta simple.

Si es un delito tenes que presentarte en la fiscalía con tu abogado/a con la denuncia que realizaste.

El juez va a definir si hace falta alguna medida cautelar de protección, por lo general, siempre la otorgan en protección a la victima. Al otorgarte la medida, la prohibición de que le agresor se acerque a vos, tienen que darte una copia de esta medida, sin excepción.

Si el agresor viola esta medida, sea que se te acerque, te agrede, o te invade; tenes que denunciar de manera urgente la violación en la comisaria o llamar rápidamente a la policía. Te van a pedir que muestres la denuncia y la orden de restricción para corroborar que la medida existe y aun esta vigente. La violación de una orden de restricción perimetral es un delito penal: Desobediencia.

3) Recibir asistencia psicológica, psiquiátrica y clínica.

Si sufriste una agresión física es necesario que consultes con los médicos. Tu salud es tu derecho.

4) Recibir asesoramiento legal y ayuda social.

Podes recibir asesoramiento legal gratuito y también charlar con mujeres que están en las mismas condiciones que vos.

Preguntas frecuentes sobre las perimetrales en Argentina

¿Se puede levantar una órden perimetral antes de tiempo?

Las víctimas de violencia de genero tienen su capacidad de autodeterminación abolida o limitada, por lo que ha sufrido, sea por violencia física, verbal o psicológica; se requiere que su interés sea estudiado por la justicia por encima de su opinión, esto sin desmerecer su capacidad o su opinión, sino es para proteger su vida, en primer lugar.

SI se puede levantar pero NO es aconsejable levantarla.

Razones para no levantar la orden de restricción perimetral

1) El problema se presenta entre la capacidad para ejercer un derecho como así también solicitar el levantamiento de una medida de protección y la protección del Estado en cuanto a la integridad de la persona en situación de violencia. La orden de restricción perimetral pretende una protección integral de la mujer, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contar la mujer que se desarrolle en su plano familiar. Se recomienda que se continué con las medidas y que haya un espacio terapéutico para ambos.

2) La reconciliación no es un motivo para que se levante la medida en un proceso de violencia familiar.

La reconciliación se da, por lo general, a una decisión viciada de voluntad que está impregnada de violencia. Es lo que se conoce como ciclo de la violencia, la fase denominada luna de miel. Aquí la victima-denunciante desiste de la acción creyendo los cambios de la personalidad del violento y la innecesariedad de la continuación del procedimiento.

El juez tiene la función de controlar las medidas que adopto y debe pedir a los profesionales que evalué esta situación. De ese resultado debe surgir si ceso o no el riesgo, para dar lugar al levantamiento de la medida.

3) La situación de vulnerabilidad física, social, psicológica y económica es uno de los motivos para no levantar la medida adoptada.

El juez debe conocer las situaciones de violencia que sufrió la victima, los informes de los profesionales que intervinieron en cada caso y el nivel de riesgo que se encuentra las personas implicadas, los antecedentes penales del victimario

La solicitud del levantamiento de una orden de restricción perimetral va a ir acompañada de medidas previas que tengan como finalidad la protección de las personas en situación de violencia.

¿Cual es el tiempo que dura una orden de restricción perimetral?

La orden de restricción perimetral tienen plazos. Estos pueden ser determinados o indeterminados. No puede quedar  eternizada porque seria perjudicial tanto para la victima como para el victimario que están en un proceso de violencia familiar.

La orden de restricción perimetral las dicta el juez como medida de protección a la víctima ante una situación de violencia, se hace de manera rápida, ante la declaración de testigos o de pruebas que demuestren el riesgo de la víctima.

La medida no puede ser suspendida por ningún motivo. Se trata de proteger y sostener a la persona en situación de violencia.

En muchos casos, cuando el juez dispone de la medida de restricción, pone un cierto plazo que puede ser sesenta, noventa o ciento ochenta días. A veces puede ser menor.

En otros casos, estas medidas, de prohibición de que el agresor se acerque a la víctima, tiene un plazo indifenido; en este caso la medida dira «hasta que continúe la situación que dio lugar a la denuncia». 

¿Se puede prorrogar la perimetral?

Si se puede prorrogar. No es una medida que quede permanente. Cuando se vence el plazo es la víctima la que tiene que pedir la prorroga si la amenaza, que hizo que pidiera la medida, persiste.

La prórroga debe ser solicitada antes del vencimiento de la medida ante el juez que la otorgo. No es necesario ir al a la comisaria. Acompañada de tu abogado, cuando se pidio por primera vez la orden perimetral, se debe solicitar el expediente  para poder pedir la prórroga.

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