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¿Qué pasa si NO contesto una carta documento?

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Si recibiste una Carta Documento, lo primero por hacer es corroborar que todos los datos del Destinatario sean correctos, coincidentes y reales con lo de usted.

  • En caso de no coincidir los datos usted puede: Rechazarla porque los datos no corresponden a tu persona.
  • Si los datos coinciden, recibimos la carta documento al correo, y después tenemos la opción de contestar o no.

Recibiste una carta documento ¿Que hacer en este caso?

Tenemos 2 opciones:

1) Responder la carta documento: al contestar se está fijando una posición jurídica sobre los hechos que se le atribuyen en la carta documento y poder establecer los criterios ante un futuro reclamo.

En la carta documento que recibe en su domicilio, dependiendo del tipo de notificación o reclamo que le estén haciendo, va a haber un plazo por el cual lo intiman a responder (“Se intima por el plazo de ….. para contestar). En ese plazo debe contestar la carta documento que recibió.

2) No responder la carta documento: sería aceptar el contenido expresado en la carta documento. Y en caso de llegar a juicio, seria un prueba en su  contra.

Nunca hay que dejar de contestar una carta documento, aunque sea contestar con el texto de “Rechazo por improcedente, inexacta y maliciosa su Carta Documento…” ; con los datos de individualización de los datos precisos de la carta documento que recibió.

Se aconseja contactarse con un abogado para que dentro del plazo legal que se estableció en la Carta Documento, se redacte la contestación y además lo pueda asesorar en cuanto al tema por el cual están  intimando.

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